LEY Nº 3080

Incorpora los artículo 2 y 3 de la Ley 2594 sobre parto humanizado,

 derechos de padres e hijos durante el proceso de nacimiento

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en Sep. B.O. Nº 3315 del 22-06-18.-

Promulgada el 15-06-18.-

Sancionada el 31-05-18.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

 

 

Artículo 1º.- Incorpóranse como artículos 2° y 3° de la Ley 2594 los siguientes textos:

 

“Artículo 2°:Instituyese en todo el ámbito de la provincia de La Pampa la semana del 14 al 20 de mayo de cada año como la “Semana del Parto Humanizado” , a los efectos de promover el Derecho de la Mujer, de los niños/as y la familia a tener un parto respetado”.-

 

“Artículo  3°:El  Poder  Ejecutivo  de  la  provincia  de La  Pampa,  a  través  del  Ministerio  de Salud  y/o  el  organismo que  designe,  promocionará  la “Semana  del  Parto  Humanizado” a  través  de  campañas  masivas  de  difusión  de información  de   actividades   que   considere   pertinentes,   con   el   objeto   de   facilitar   el   acceso   a   conocer   y concientizar sobre los derechos de la mujer instituidos en la Ley 25929”.-

 

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil dieciocho.-

 

REGISTRADA BAJO EL NUMERO 3080

Dr.  Mariano  Alberto  FERNÁNDEZ,  Vicegobernador de  La  Pampa, Presidente  Cámara  de  Diputados  Provincia  de  La Pampa -

Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 7383/18

SANTA ROSA, 15JUN 2018

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 1812/18

Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa –Dr. Mario Rubén KOHAN, Ministro de Salud.

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:15 JUN 2018

Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL OCHENTA(3080).- Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-